Importaciones: los cambios al SIRA, pagos y las herramientas para la deuda comercial

Fuente: Cronista – En línea con el paquete de «emergencia económica» que presentó este martes el Ministro de Economía Luis Caputo, que incluyó novedades en materia de comercio internacional, el Banco Central de la República Argentina (BCRA), dispuso una normativa que apunta a «simplificar» el flujo de pagos y frenar el endeudamiento comercial.

Tras el anuncio, Economía anticipó que la autoridad monetaria «trabajará en simplificar el sistema de pagos de importaciones de bienes y servicios, eliminando todo requisito vinculado a la obtención de autorizaciones a través de los SIRA o los SIRASE, y también dejará sin efecto el requisito del Certificado de la Cuenta Única de Comercio Exterior de AFIP».

A través de la Comunicación «A» 7917 de este miércoles, el BCRA introdujo modificaciones en materia de acceso al mercado de cambios para el pago de importaciones de bienes según una serie de disposiciones con vigencia a partir de su publicación.

En ese sentido, la entidad que preside Santiago Bausili  precisó que «no será necesario contar con una declaración efectuada a través del Sistema de importaciones de la República Argentina (SIRA) en estado ‘SALIDA’ como requisito de acceso al mercado de cambios y ni convalidar la operación en el sistema informático ‘Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior’«.

Además, aclaró que las entidades podrán dar acceso al mercado de cambios sin necesidad de contar con la conformidad previa del BCRA para cursar pagos diferidos de nuevas importacionesde bienes con registro de ingreso aduanero a partir del 13.12.23, cuando adicionalmente a los restantes requisitos normativos aplicables, se verifique que el pago respeta el cronograma». 

Respecto a los plazos, se calendarizarán en 30, 60, 90 y hasta 180.   

Cronograma de pagos

Mientras las nuevas autoridades del BCRA y la Secretaría de Comercio e Industria evalúan con funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el estado de situación de la deuda comercial – cuánto, a quién y con qué exigencia se debe afrontar- para definir una salida, el BCRA dispuso cómo será el acceso a dólar oficial, desde hoy.

En el lapso más inmediato, desde su registro de ingreso aduanero se podrá realizar el pago del valor FOB correspondiente a aceites de petróleo o mineral bituminoso, sus preparaciones y sus residuos; gases de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos; hulla bituminosa sin aglomerar; cuando la importación sea concretada por una central de generación eléctrica y  energía eléctrica.

Desde los 30 días corridos desde su registro de ingreso aduanero se podrá realizar el pago del valor FOB correspondiente a productos farmacéuticos y/o insumos utilizados en la elaboración local de los mismos, otros bienes relacionados con la atención de la salud o alimentos para el consumo humano (alcanzados por el Código Alimentario Argentino y fertilizantes y/o productos fitosanitarios y/o insumos que pueden ser destinados a su elaboración local.

Luego, desde los 180 días corridos desde su registro de ingreso aduanero se podrá realizar el pago del valor FOB correspondiente a automotores terminados.

Para los restantes bienes, el pago de su valor FOB podrá ser realizado en los siguientes plazos contados desde el registro de ingreso aduanero de los bienes: a) un 25% desde los 30 (treinta) días corridos; b) un 25% adicional desde los 60 (sesenta) días corridos; c) otro 25% adicional desde los 90 (noventa) días corridos; d) el restante 25% desde los 120 (ciento veinte) días corridos.

Por último, en el caso de fletes y seguros que formen parte de la condición de compra pactada con el vendedor podrán ser abonados totalmente a partir de la primera fecha en que el importador tenga acceso en virtud de los bienes comprendidos.

Acceso al mercado

En el punto siguiente la Comunicación «A» 7918 señala que las entidades también podrán dar acceso al mercado de cambios sin necesidad de contar con la conformidad previa del BCRA para cursar pagos diferidos de nuevas importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero a partir de este miércoles 13 de diciembre, antes de los plazos previstos en el punto anterior, «cuando, adicionalmente a los restantes requisitos normativos aplicables, el pago encuadre en las situaciones previstas» en el texto de la norma (punto 3. 1.4).

Además, el acceso al mercado de cambios para realizar pagos con registro aduanero pendiente requerirá la conformidad previa del BCRA excepto cuando, adicionalmente a los restantes requisitos aplicables, el pago encuadre en las situaciones previstas (punto 3. 1.5).

 El acceso al mercado de cambios para realizar pagos de importaciones por  bienes cuyo registro de ingreso aduanero se produjo hasta el 12 de diciembre de este año, adicionalmente a los restantes requisitos aplicables, requerirá la conformidad previa del BCRA en situaciones excepcionales que describe la Comunicación.

Deuda pendiente y nuevo instrumento

De acuerdo a lo que anticiparon fuentes del Banco Central, con el objetivo de resolver el «récord histórico de endeudamiento comercial heredado», el organismo trabaja junto a Comercio e Industria, para dar respuesta a la «incertidumbre asociada a los pagos y la cancelación de esta deuda con el exterior» de manera de restablecer la previsibilidad en el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC).

Según fuentes del sector privado la deuda comercial que supera los u$s 50.000 millones, comenzó a trabar la cadena de pagos y limitar las ventas a la Argentina en actividades centrales como la industria automotriz, la producción agropecuaria (fertilizantes), química y farmacéutica.

Por ahora, a partir de un intercambio de información con AFIP, los funcionarios están decantando el nivel y las prioridades del endeudamiento y «oportunamente, se pondrán a disposición de los importadores uno o más instrumentos financieros emitidos por el BCRA y pagaderos en dólares que podrán suscribir voluntariamente en pesos para hacer frente al cumplimiento de sus compromisos comerciales».

Este martes, a partir de la Comunicación «A» 7917, el Banco Central lanzó un bono atado al dólar para cancelar la deuda con importadores de bienes y servicios-

«Estos instrumentos contribuirán a disminuir el monto de pasivos remunerados en moneda doméstica emitidos por la autoridad monetaria», destacaron fuentes oficiales.

Se trata de notas en dólares estadounidenses con opción de rescate para importadores de bienes y servicios pendientes de pago bajo el nombre Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL).

El nuevo instrumento devengará intereses sobre la base de un año de 360 días a una tasa anual máxima del 5% a definir en el anuncio de la licitación, que podrá ser pagadera en forma trimestral o semestral en dólares estadounidenses.

En estos casos, el Impuesto PAÍS quedará es «cero» para quienes suscriban el bono a cuatro años e iría aumentando a medida que se achica el plazo.

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