Ley de Alivio Fiscal: CAME solicita a Caputo que mantenga las tasas de 2023 para cancelación de deuda

Fuente: CAME – A través de una misiva, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) se dirigió al ministro de Economía, Luis Caputo, a fin de solicitarle que desestime la actualización de la Tasa Badlar, prevista para el próximo mes de marzo, según lo dispuesto por la Ley 27.653 “Ley de alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el Covid 19”, mediante su art. 6, y sus modificaciones posteriores, a través de las resoluciones 5101 y 5431 de AFIP.

De acuerdo a la ley citada, la Tasa Badlar se aplica a los planes de facilidades de pago de la deuda generada durante la pandemia.

El pedido se enmarca en un período de fuerte contracción de la actividad y caída generalizada de ventas, que impacta sobre la capacidad de pago de las pymes; la actualización de esta tasa, que representa un incremento de más del 40 % en la cuota, será difícil de afrontar por una gran cantidad de pequeñas y medianas empresas, generando una situación de mora y la posterior caducidad del plan respectivo.

Para acceder a la carta enviada al ministro Luis Caputo, clic aquí.

La CNV y CAME acuerdan promover el financiamiento PyME

Fuente: Argentina.gob – El presidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV), Roberto E. Silva, recibió al titular de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Alfredo González, para impulsar la educación financiera y acercar a las PyMEs a los instrumentos del mercado de capitales como alternativa de financiamiento.

El titular de la CAME afirmó que “Solo el 3% de todo lo que mueve el mundo financiero argentino está direccionado a financiamiento PYME, lo que es un número muy bajo”.

Por su parte el presidente de la CNV, Roberto E. Silva dijo que “promover la inclusión de las PyMEs a través de acciones concretas de educación financiera es clave para el desarrollo del mercado de capitales”.

El organismo y la cámara plantearon acciones conjuntas a desarrollar durante el año, como la realización de talleres de trabajo en diferentes provincias a lo largo del país.

También se acordó trabajar en un programa de formación para PyMEs, centrado en los instrumentos que ofrece el mercado de capitales, sus alcances y beneficios para obtener financiamiento.

La reunión fue el puntapié inicial para reforzar el compromiso entre ambas instituciones de avanzar en los objetivos planteados.

En el encuentro, realizado el miércoles por la tarde, participaron además, por CNV la vicepresidente y la vocal del directorio, Patricia Boedo y Sonia Salvatierra, respectivamente y la gerente de Asuntos Internacionales, Anahí Alujas; mientras que por CAME lo hizo la jefa de Financiamiento y Competitividad PyME, Carolina Marceca.

Importaciones pyme con dólar oficial: el paso a paso para cancelar deuda en el exterior

Fuente: Cronista – A la par de la licitación de la Serie 2 del Bopreal, que le dio prioridad a las pequeñas empresas, desde hoy, se habilitó el cupo para cancelar «deuda vieja». Lo que hay que tener en cuenta para acceder a dólares del BCRA.

A partir del resultado que mostró el Empadronamiento de la Deuda por Importaciones que realizó la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía, el Banco Central (BCRA) accedió a destrabar uno de los inconvenientes que mantuvo demoradas las operaciones desde diciembre: el acceso a divisas para cancelar una porción de la «deuda vieja» que asciende a u$s 42.600 millones.

A la par de la licitación de la Serie 2 del Bopreal, que le dio prioridad a las pymes, desde hoy, podrán acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para cancelar saldos con proveedores del exterior con fecha de ingreso hasta el 12 de diciembre de 2023.

La iniciativa que fue solicitada a las autoridades por diversas entidades del sector productivo genera amplia expectativa entre las compañías con menos respaldo financiero que, en muchos casos, abastecen con piezas, partes e insumos a grandes cadenas exportadoras como la automotriz, energética, alimenticia, farmacéutica y tecnológica, entre otras.

Acceso y plazos

Como requisito principal, la medida habilita el acceso a dólar oficial a personas físicas o jurídicas que clasifiquen como mipymes y que hayan declarado en el Padrón establecido por Resolución General Conjunta 5466/2023 una deuda total inferior o igual a u$s 500.000.

En relación a las operaciones que quedaron comprendidas se trata puntualmente de las que responden a la «deuda vieja» por compromisos asumidos hasta el 12 de diciembre de 2023.

Por último, el BCRA generó un esquema de montos máximos para acceder por rangos de tiempo: del 10/02 al 09/03 se podrán cancelar hasta u$s 50.000; del 10/03 al 09/04 se podrán cancelar hasta u$s 100.000 adicionales y desde el 10/04 se podrá cancelar el remanente.

Pendientes e interrogantes

Aunque se reconoce la voluntad de resolver la deuda con la generación del Bopreal y este nuevo cupo, el ecosistema importador continúa en la cuerda floja ya que según se estima, lejos de los u$s 10.000 millones que resolverá el mecanismo financiero y unos u$s 1300 que se subsanarán a través de cupo, aún queda un saldo de u$s 20.000 millones de medianas empresas que no encuadran en estas soluciones.

Entre las consultas más frecuentes, Yanina Lojo, consultora en comercio internacional apuntó al tipo de cambio al que se cancelarán las deudas y aclaró que se corresponde al efectivo al día del acceso al mercado.

Además, contó que, en caso de no utilizar el cupo de u$s 50.000 antes del 9 de marzo, «en primera instancia se entendería que este monto funciona como tope en el rango de tiempo establecido».

«Por lo que -agregó-, aquello que no se utilice en ese rango de tiempo, quedará disponible para más adelante».

En relación a las principales dudas de los importadores, precisó que las operaciones están alcanzadas por el Impuesto PAIS de acuerdo a la alícuota vigente al momento de acceder al mercado.

En este sentido, fuentes del sector privado, cuestionaron esta decisión por la «doble imposición» que se genera en los casos de importaciones que se realizaron cuando el tributo ya estaba vigente. 

«Se generó una deuda que incluye el Impuesto PAÍS de 7,5% y ahora, para cancelar, debemos volver a tributar 17,5%», señaló un empresario textil y planteó que «asumir mayores costos es la única alternativa para no frenar su producción».

Siguiendo con los interrogantes, la especialista aclaró que los pagos a cuenta que se realicen al momento de nacionalizar la mercadería «se tomará como tal y se restará al momento de acceder al mercado».

Acceso al MULC

Para comenzar a opera, la entidad financiera podrá solicitar documentación al momento de acceder al mercado para el pago de una importación según el caso particular; entre ellos, factura comercial, despacho de importación, documento de transporte, relevamiento de activos y pasivos de corresponder, certificación contable de la deuda de corresponder, certificado mipyme, comprobante del empadronamiento de la deuda y las declaraciones juradas pertinentes.

En el caso de los servicios, se solicitarán los mismos documentos que siempre se han requerido como factura, contrato u orden de compra, relevamiento de activos y pasivos de corresponder, certificación contable de la deuda de corresponder, certificado mypyme, comprobante del empadronamiento de la deuda y las declaraciones juradas.

Para descargar el comprobante del empadronamiento se debe ingresar a la AFIP con clave fiscal, y dirigirse a la sección de Declaración Jurada Deuda Importador.

Por último, como la normativa vigente no contempla a aquellas firmas con deuda superior a u$s 500.000 estas no podrán acceder al beneficio y deberán esperar a que las reservas del Banco Central se fortalezcan para dar lugar a nuevas alternativas de pago.

Pymes empezarán a acceder al dólar oficial para cancelar su deuda comercial

Fuente: Ámbito – Se trata de unas 10.000 micro, pequeñas y medianas empresas con deuda inferior a u$s500.000. Desde esta semana podrán saldar hasta u$s50.000. Habrá otros dos tramos. Mientras, el BCRA continuará con las subastas de BOPREAL.

En el marco de una actividad productiva en fuerte retroceso y mientras el equipo económico continúa con su apuesta al bono BOPREAL como vía para canalizar el abultado stock de deuda por importaciones, este miércoles se abrirá el grifo para que unas 10.000 micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) empiecen a regularizar la situación ante sus proveedores. Desde esta semana, podrán acceder al dólar oficial para cancelar una parte de sus pasivos comerciales.

Se trata de un conjunto de pymes que posee deudas comerciales por hasta u$s500.000 declaradas en el padrón elaborado por la Secretaría de Comercio y la Administración Federal Ingresos Públicos (AFIP). Estas firmas podrán acceder desde mañana al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para cancelar sus pasivos con proveedores del exterior de manera escalonada.

La fecha estipulada para el inicio era el 10 de febrero, pero como cayó en un fin de semana se efectivizará el primer día hábil posterior. Así, hasta el 9 de marzo, el Banco Central (BCRA) les permitirá comprar hasta u$s50.000 para saldar deudas comerciales. A partir del 10 de marzo, podrán acceder a un segundo tramo de hasta u$s100.000. Y desde el 10 de abril, en un momento en que el Gobierno apuesta a que ya haya un ingreso mayor de divisas producto de la cosecha gruesa, podrán acceder para cancelar el monto restante de su deuda registrada.

La decisión fue tomada días atrás por el BCRA, una vez que mejoró la demanda (sobre todo de grandes empresas) de la Serie 1 del BOPREAL, el bono que emite la entidad para los importadores endeudados con sus proveedores que se suscribe en pesos y genera un compromiso de pago en dólares a futuro.

Según estimó el ministro Luis Caputo, esto permite darle una solución al 80% de las pymes importadoras con pasivos comerciales y representa un monto de alrededor de u$s1.200 millones. Una porción pequeña del stock de deuda por importaciones detectado a través del padrón por un total neto de u$s42.600 millones, luego de descontar los u$s8.500 millones que ya fueron canceladas por fuera del mercado de cambios.

Según datos oficiales, dentro de las 10.000 firmas que podrán acceder al MULC, más de 5.100 son micro empresas, cerca de 3.900 pequeñas y cerca de 1.000 medianas, lo que representa «casi un 80% del universo total de mipymes y más del 70% del total de empresas registradas en el Padrón», precisó el BCRA.

En un contexto de fuerte deterioro del consumo y de retroceso de distintas ramas de la actividad económica, la medida representa un alivio para las pymes alcanzadas. Ahora, al menos podrán ir regularizando la situación con sus proveedores y volver a acceder a insumos importados necesarios para producir. Con todo, el grueso de la deuda por importaciones aún debe resolverse.

Deuda comercial y BOPREAL

Además de los u$s1.200 millones a los que podrán acceder este conjunto de pymes, hay otros u$s5.000 millones que ya fueron canalizados en enero a través de la serie 1 del BOPREAL. En febrero, como contó Ámbito, el BCRA apunta a colocar otros u$s5.000 millones mediante la segunda y tercera series: u$s2.000 millones con la serie 2 y u$s3.000 millones con la 3.

La serie 2 vence en junio de 2025, se amortizará en doce cuotas mensuales desde julio de 2024 y no generará intereses. La serie 3 tiene vencimiento en mayo de 2026, se pagará en tres cuotas trimestrales desde noviembre de 2025 y rendirá una tasa en dólares del 3% anual.

La semana pasada, se realizó la primera licitación de la serie 2. En ella, solo pudieron participar las pymes con deudas comerciales declaradas por más de u$s500.000 para darles prioridad. El BCRA recibió 349 ofertas y las adjudicó en su totalidad por un valor nominal (VN) de solo u$s271 millones. Así, se colocó el 54% de los u$s500 millones ofrecidos en esta subasta, es decir, por debajo de las expectativas previas.

A partir de la próxima colocación, también podrán acceder las grandes empresas. De hecho, como contó este diario, es en ellas donde están depositadas las expectativas de los funcionarios. Saben que poseen el grueso del stock de pasivos comerciales y, además, las pymes han tenido problemas para que sus proveedores les acepten el bono.

El BOPREAL es la apuesta del equipo económico para empezar a descomprimir la situación de la abultada deuda comercial en un contexto de escasez de reservas y, al mismo tiempo, es una vía para aspirar pesos en manos del sector privado. Por esas dos razones es que Javier Milei, Luis Caputo y Santiago Bausili lo consideran clave para reducir y licuar el pasivo en pesos del BCRA y “ordenar” el flujo de dólares de cara al levantamiento del cepo y a la definición de un nuevo régimen monetario en una segunda etapa.

En este sentido, el exministro de Economía, Martín Guzmán, insistió en los últimos días en una advertencia que realiza desde enero: que el BOPREAL es el primer paso concreto del Gobierno en busca de dolarizar la economía porque implica convertir “el pasivo remunerado del Banco Central en pesos en un pasivo en dólares”.

La AFIP redujo las tasas de interés para las pymes que deben regularizar deudas tributarias

Fuente: Infobae – Según la actualización bimestral, ese financiamiento debía ser del 15,27% a partir de febrero. La AFIP lo bajó a 7,63% para las micro empresas y al 9,16% para las medianas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos redujo las tasas de financiación para las pymes que deben encarar planes para regularizar sus deudas tributarias. Mediante el mecanismo de actualización bimestral vigente, las tasas de interés resarcitorio debían incrementarse a 15,27% y la de interés punitorio a 17,62% a partir del 1° de febrero; la AFIP decidió ubicarlas en 7,63% para las micro y pequeñas empresas y 9,16% para las medianas.

El anuncio fue formulado por el ministro de Economía, Luis Caputo, a través de un mensaje en la red social X. “Con el objetivo de proteger el trabajo de las pequeñas y medianas empresas, la AFIP estableció a través de la Resolución General 5481/24 suscripta en el día de la fecha la rebaja de la tasa de financiación de los planes permanentes. A partir del mes de febrero para aquellas micro y pequeñas empresas el interés se reducirá a 7,63% y para las medianas a 9,16%”, señaló Caputo.

“Nuestra intención es que a futuro la AFIP deje de financiar estos planes, pero entendemos que la transición hacia un país donde la pymes puedan acceder más fácilmente a créditos bancarios tomará algún tiempo”, agregó.

La Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME) celebró la medida en un comunicado. “La semana pasada le manifestamos al ministro Caputo la necesidad de contemplar alguna diferenciación para las micro, pequeñas y medianas empresas. Los incumplimientos en que incurren las mipymes son por la imposibilidad de enfrentar los pagos. En ningún caso se trata de una especulación respecto de la tasa de mercado”, dijo el presidente de CAME, Alfredo González, tras el anuncio de Caputo.

Los intereses que cobra la AFIP son negativos en términos reales y se ubican muy por debajo de la inflación actual, que el mes pasado fue de 25,5%. Muchas empresas suelen financiarse con la AFIP, pero no suele ser el caso de las pymes, y mucho menos en la coyuntura actual.

“Las tasas reales negativas generan que los contribuyentes, en muchas ocasiones, se financien a través de planes de pago que otorga la AFIP o incluso no paguen ya que el costo de la mora es bajo, afectando las cuentas públicas”, explicó a Infobae el tributarista Sebastián Domínguez.

“Sin embargo, el contexto económico actual y alta presión fiscal que existe en la Argentina genera que muchos contribuyentes estén imposibilitados de cumplir con sus obligaciones en término. Y un incremento casi al triple de los intereses resarcitorios, puede afectarlas aún más”, explicó.

Por otra parte, Domínguez destacó que la tasa a favor de los contribuyentes, la que la AFIP aplica para devoluciones o reintegros, es de 8,99% lo que al menos en estos casos evitará la situación insólita por la cual la AFIP cobra una tasa más elevada para financiar que le que paga cuando debe reintegrarle dinero al contribuyente.

“El Ministerio de Economía debería fijar la misma tasa de interés para las devoluciones, acciones de repetición, entre otras que interponen los contribuyentes. No puede ser que la AFIP cobre una tasa cuando el contribuyente se atrasa en el pago de sus obligaciones y no pague la misma tasa cuando se demora (y en muchos casos sin razones) en efectuar las devoluciones”, señaló el tributarista.

La modificación de las tasas había sido expresamente reclamada por las entidades que nuclean al empresariado pyme en la reunión que mantuvieron con Caputo el jueves pasado en la Casa Rosada con referentes de la industria, el campo y otros sectores.

“Las pymes planteamos que no se nos aplique el aumento de las tasas de intereses punitorios y resarcitorios de AFIP, que se incorpore a la ley ómnibus la definición de qué son las economías regionales y que se excluya del pago de retenciones a la industria pyme que exporta” había dicho González al salir del encuentro con Caputo.

“Al momento del vencimiento impositivo la pyme ve si tiene los fondos o no para afrontar el pago. En caso de no tenerlos la única solución es entrar en mora con el organismo de recaudación”, dijo el presidente de CAME para fundamentar su pedido.

Desde la entidad admitieron que la actualización automática de las tasas se realizó para evitar que los morosos financien su actividad mediante el incumplimiento de los impuestos. Pero también destacaron que las pymes están lejos de poder aprovechar esa circunstancia como una vía de financiamiento barato.

“Es una premisa errónea cuando se trata de una mipyme”, señalaron en CAME. “Para financiarse, las grandes empresas hacen un comparativo entre la tasa que cobra AFIP y las tasas bancarias. Esa modalidad no es ejercida por las pymes, debido a que no tienen la posibilidad de contar con un acceso rápido y simple al crédito bancario”, explicaron.

CAME le pide a Caputo que no le aplique a las Pymes el aumento de las tasas de AFIP

Fuente: Clarín – Una semana antes de la entrada en vigencia de nuevas tasas de interés aplicadas a las deudas relacionadas con la AFIP, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) le pidió al ministro de Economía, Luis Caputo, que excluya de estos nuevos ajustes a las pequeñas y medianas empresas.

“Al momento del vencimiento impositivo la pyme ve si tiene los fondos o no para afrontar el pago. En caso de no tenerlos la única solución es entrar en mora con el organismo de recaudación”, dijo el presidente de CAME, Alfredo González.

Por medio de la Resolución 3/2024, el Ministerio de Economía de la Nación procura evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos, restableciendo, a tales efectos, un esquema de actualización automático.

«Esta premisa es errónea cuando se trata de la MiPyme», expuso la CAME «Para financiarse, las grandes empresas hacen un comparativo entre la tasa que cobra AFIP y las tasas bancarias. Esa modalidad no es ejercida por las pymes, debido a que no tienen la posibilidad de contar con un acceso rápido y simple al crédito bancario».

En la CAME resaltaron que si bien, las nuevas tasas están por debajo de la inflación mensual proyectada, el impacto será fuerte para las pequeñas y medianas empresas.

Cuáles serán los nuevos intereses resarcitorio y punitorios que cobre la AFIP

La AFIP sacó del congelador a las tasas que les cobra a sus contribuyentes por atrasos en los cumplimientos. Desde febrero, el organismo actualizará las tasas de intereses resarcitorio, punitorios y de repetición de tributo. Además, adelantó que luego ésta se ajustará cada dos meses.

Por medio de la resolución 3/2024, publicada en el Boletín Oficial, el organismo que encabeza Florencia Misrahi incrementó, a partir del 1° de febrero, las tasas de intereses resarcitorio, punitorios y de repetición de tributo que cobrará la AFIP y establece un sistema de actualización bimestral.

Según los considerandos de la medida, el Ministerio de Economía ajustó las tasas a fin de estimular la cancelación en término de las obligaciones y evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos, restableciendo, a tales efectos, un esquema de actualización automático.

Las nuevas tasas siguen por debajo de la inflación de diciembre y enero, pero resultan menos negativas para los contribuyentes. En concreto, la resolución establece que «la tasa de interés resarcitorio mensual, vigente en cada bimestre, será equivalente a 1,3 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día veinte (20) del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre».

El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, afirmó que esto llevaría la tasa de intereses resarcitorios poco más del 15% mensual

Por otro lado, la tasa de interés punitorio mensual, «será equivalente a una coma cinco (1,5) veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día veinte (20) del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre». Esto, según los cálculos de Domínguez, implica una tasa de 18% mensual.

Por último, el organismo estableció que la tasa de interés aplicable a la repetición de tributos y a los supuestos de devolución, reintegro o compensación de los impuestos, «será la efectiva mensual surgida de considerar el promedio de la tasa publicada por el Banco Central de la República Argentina en el apartado “Tasas de interés por depósitos a 30 días de plazo en entidades financieras” para el período de treinta (30) días finalizado el día veinte (20) del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre».

Es decir, que la tasa pasó de ser fija y menor al 4% mensual, a variable a lo que hoy representa un 9,1%. Al respecto, Domínguez señaló: » Sin duda, las tasas vigentes hasta el 31 de enero de 2024 son tasas reales negativas muy alejadas de la inflación actual. Esto genera que los contribuyentes, en muchas ocasiones, se financien a través de planes de pago que otorga la AFIP o incluso no paguen ya que el costo de la mora es bajo, afectando las cuentas públicas».

«Sin embargo, el contexto económico actual y alta presión fiscal que existe en la Argentina genera que muchos contribuyentes estén imposibilitados de cumplir con sus obligaciones en término Y un incremento casi al triple de los intereses resarcitorios, puede afectarlas aún más», sumó el especialista.

Dólar: BCRA y Economía dan acceso a las pymes al mercado oficial para cancelar deuda

Fuente: ambito – El Banco Central dispuso este miércoles junto al Ministerio de Economía que el 80% de las pymes podrán acceder al dólar oficial para el pago de deudas.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA), conjuntamente con la Secretaria de Comercio de la Nación, informó este miércoles 25 de enero que se habilitará el acceso al mercado de cambios a cerca de 10.000 empresas dentro de la categoría micro, pequeña y mediana (mipyme) que tengan deudas declaradas por hasta u$s500.000 para que puedan cancelar la totalidad de sus compromisos con el exterior en los próximos 3 meses.

Asimismo, según informó el comunicado, el Padrón de Deuda Comercial registró un total de deudas netas por u$s42.600 millones, de las cuales cerca de u$s8.500 millones fueron declaradas canceladas sin acceso al mercado de cambios. El análisis de la información registrada reveló una alta atomización de la deuda. En ese contexto, se dispuso esta medida.

«La noticia es favorable para las pymes, porque la deuda del sector ronda los u$s1.500 millones o u$s2.000 millones«, detalla el presidente de Industriales Pymes Argentinos (IPA), Daniel Rosato, a Ámbito. Y destaca que la posibilidad de avanzar en febrero con el pago de una cuota, luego otra en marzo y el resto en abril, le sacará presión a muchas Pymes que por esa deuda no pueden importar materia prima.

BCRA y MECON proponen solución a Pymes

Y es que la Secretaría de Comercio y el BCRA resolvieron proveer una alternativa que intente resolver completamente esta situación crítica para cerca de 10.000 empresas, dentro de las cuales más de 5.100 son micro pymes, cerca de 3.900 pequeñas y cerca de 1.000 medianas, representando casi un 80% del universo total de mipymes y más del 70% del total de empresas registradas en el Padrón.

Las empresas que califiquen dentro del segmento mipyme con deudas registradas en el Padrón por hasta u$s500.000 tendrán acceso al Mercado Libre de Cambios para saldar sus deudas comerciales con el exterior entre febrero y abril de 2024, según este cronograma:

  • a partir del 10 de febrero próximo podrán acceder por un máximo temporal de hasta u$s50.000,
  • a partir del 10 de marzo próximo podrán acceder por un adicional de u$s100.000
  • y a partir del 10 de abril por el monto restante de su deuda registrada.

Asimismo, el resto de las empresas MiPyMEs cuyas deudas comerciales superen los u$s500.000 tendrán acceso prioritario al bono de tramo corto BOPREAL Serie 2, con flujos de amortización en dólares entre julio de 2024 y junio de 2025. Los BOPREAL Serie 2 se ofrecerán por un monto máximo de hasta VN u$s2.000 millones y los BOPREAL Serie 3 se ofrecerán por un monto máximo de hasta VN u$s3.000 millones. Las convocatorias para suscribir estos instrumentos tendrán lugar durante el mes de febrero.

Los motivos de la medida del BCRA

Según indicó el comunicado conjunto que emitieron BCRA y MECON, la medida se tomó como resultado de:

  1. haberse completado el Padrón de Deuda Comercial con el exterior (que cerró este 24 de enero),
  2. la acumulación de reservas internacionales durante las últimas semanas (el BCRA lleva comprados casi u$s5.800 millones en la era Milei)
  3. y la alta aceptación de los BOPREAL Serie 1 (ya que trascendió que la quinta licitación tuvo muy buenos resultados).

La mirada de las pymes

«Esto va a ayudar mucho a las pymes y creo que es una solución concreta para el sector», evalúa Rosato. Y, en igual sentido, Leonardo Bilansky, presidente de la Asociación de Empresarios Nacionales (ENAC), coincide con esta mirada al señalar que «es positiva la medida del Ministerio de Economía y la Secretaría de Comercio para resolver las deudas por importaciones de las pymes por hasta u$s500.000 en tres veces».

«Entendemos que el desequilibrio de la balanza comercial desde el inicio fue promovido y generado por las grandes empresas distorsionando la política de administración del comercio en general y provocando en algunos meses un verdadero cepo al abastecimiento de las pymes de insumos impostados, es razonable que el Ministerio de Economia y el BCRA resuelva en general el tema para las pymes», destaca Bilansky a este medio.

Asimismo, dijo que cada tema de las grandes empresas debe ser resuelto de a uno a la vez y con lupa para detectar las defraudaciones por sobrefacturación, importaciones ficticias, etcétera.

Y es que, tal como señala el economista Federico Glustein, «esto les va a permitir cancelar deudas a las Mipymes en el mercado oficial sin pagar el precio de brecha, mientras algunos jugadores se están haciendo de BOPREA para financiar deuda comercial».

No descarta que esta medida genere una fuerte demanda en el mercado oficial, cambiando la posición de compra a venta por parte del BCRA pero podría a su vez bajar la cotización paralela, dado que hay menos demandantes en el segmento.

El crédito de hasta $ 5.000.000 que pueden solicitar los profesionales para potenciar su negocio

Fuente: Cronista – El Banco Provincia tiene en vigencia un préstamo acorde a tus necesidades. Conocé quienes lo pueden solicitar y en cuántos meses podés devolverlo.

El Banco de la Provincia de Buenos Aires lanzó un nuevo préstamo para impulsar negocios o emprendimientos.

La entidad financiera otorga hasta $ 5.000.000 con condiciones flexibles y con la posibilidad de devolverlo en hasta 72 meses.

¿Cómo solicitar el préstamo de $ 5.000.000 del Banco Provincia?

El préstamo del Banco Provincia por $ 5.000.000 está destinado a trabajadores independientes, comerciantes o profesionales que:

  • Se encuentren inscriptos en la AFIP, como monotributistas o autónomos, con una antigüedad mínima de un año.
  • Tengan una facturación anual no mayor a la categoría de «Micro» del rubro «Servicios», según lo establece el Ministerio de la Producción a través de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (SePyMe).
El Banco Provincia ofrece un crédito de hasta $ 5.000.000. (Fuente: Banco Provincia)

A su vez, este crédito está sujeto a aprobación crediticia y no tiene gastos de otorgamiento. Los clientes que tengan el Paquete de Productos Profesionales y Negocios activo van a poder acceder a una tasa preferencial.

Requisitos y tasas del préstamo de $ 5.000.000 del Banco Provincia

Los interesados en solicitar este beneficio de la entidad bancaria, tienen que tener en cuenta que podrán devolverlo en 24, 36 y 72 meses.

Por otra parte, quienes lo soliciten deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Poseer DNI.
  • Contar con constancia de ingresos.
  • Contar con constancia de domicilio.
Este crédito es ideal para potenciar tu negocio. (Fuente: Archivo).

Si bien los créditos tienen diversas tasas de interés, conocerlos permitirá que puedas proyectar tus decisiones a futuro. Por eso, el Banco Provincia ofrece:

  • A los clientes que tengan o contraten un paquete «Negocios y Profesionales» se les ofrece una Tasa Fija NAV del 115,00%, con la opción de devolverlo en hasta 72 meses.
  • A los clientes que no poseen o no contraten un Paquete «Negocios y Profesionales» la Tasa Fija NAV será del 135,00%, con la opción de devolverlo en hasta 72 meses.
  • Para los clientes con «Negocios y Profesionales» que operen con Banca Internet Provincia (BIP), podrán optar por solicitar el préstamo a través del BIP con una Tasa Fija NAV del 120,00% y la opción de devolverlo en 36 meses.

Ingresos Brutos: ARBA aumenta los montos para ser agentes de Recaudación para el año 2024

Fuente: IProfesional – Cada año este el tema toma especial importancia, y desde Arizmendi destacan qué deben tener en cuenta los sujetos que realizan operaciones en la provincia.

Cada año este el tema toma especial importancia, y en esta oportunidad el Cdor. Gonzalo Alcorta de Arizmendi destaca qué deben tener en cuenta los sujetos que realizan operaciones en la provincia, y que durante el 2024 hayan incrementado su nivel de operaciones superando los límites previstos por los regímenes de recaudación del impuesto; y por ello resulten obligados a actuar como agentes de retención y/o percepción en el impuesto sobre los ingresos brutos por ARBA.

En los regímenes generales de retención y de percepción, el único responsable en determinar si corresponde la obligación fiscal (inscribirse y actuar como agente recaudador) es quien desarrolla alguna actividad en la Provincia de Buenos Aires.

A continuación, se destaca la modificación de los montos ingresos brutos para ser Agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos en Provincia de Buenos Aires:

Obligación de actuar como Agentes de percepción y retención

La RN- 2/2024-ARBA (Vigencia: 11/01/2024) dispone que, a partir del 31 de enero de 2024, se encuentran obligados a actuar como agentes de recaudación, en las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones (de obras, cosas o servicios) y prestaciones de servicios que realicen, los siguientes sujetos:

Todas aquellas empresas deberán actuar como agentes de recaudación por el Régimen General que hubieran obtenido en el año anterior ingresos brutos (gravados, no gravados y exentos) por un importe superior a doscientos cincuenta millones de pesos ($ 1.250.000.000), debiéndose computar los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones.

Aquellos contribuyentes que realicen como actividad principal el expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo y que hubieran obtenido en el año anterior ingresos brutos (gravados, no gravados y exentos) por un importe superior a trescientos setenta y cinco millones de pesos ($ 1.875.000.000), debiéndose computar los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones.

Agentes de percepción

Aquellos sujetos que hubieran obtenido en el año anterior ingresos brutos (gravados, no gravados y exentos) por un importe superior a ciento veinticinco millones de pesos ($625.000.000), debiéndose computar, los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones, en tanto desarrollen actividades comprendidas en alguno de los siguientes códigos del Nomenclador de Actividades para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos:

  • 469010 Venta al por mayor de insumos agropecuarios diversos
  • 469090 Venta al por mayor de mercancías n.c.p.
  • 463199 Venta al por mayor de productos alimenticios n.c.p.
  • 466330 Venta al por mayor de artículos de ferretería y materiales eléctricos
  • 463111 Venta al por mayor de productos lácteos
  • 463112 Venta al por mayor de fiambres y quesos
  • 464221 Venta al por mayor de papel y productos de papel y cartón excepto envases
  • 464222 Venta al por mayor de envases de papel y cartón
  • 464223 Venta al por mayor de artículos de librería y papelería
  • 466360 Venta al por mayor de artículos para plomería, instalación de gas y calefacción
  • 466391 Venta al por mayor de artículos de loza, cerámica y porcelana de uso en construcción
  • 466399 Venta al por mayor de artículos para la construcción n.c.p.
  • 465400 Venta al por mayor de máquinas – herramienta de uso general
  • 465990 Venta al por mayor de máquinas equipo y materiales conexos n.c.p.
  • 465390 Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso especial n.c.p.
  • 464620 Venta al por mayor de artículos de iluminación
  • 463170 Venta al por mayor de alimentos balanceados para animales
  • 463180 Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos
  • 463191 Venta al por mayor de frutas, legumbres y cereales secos y en conserva

Aquellos sujetos que desarrollen actividades comprendidas en alguno de los siguientes códigos del Nomenclador de Actividades para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos:

  • 101011 Matanza de ganado bovino
  • 461031 Operaciones de intermediación de carne -consignatario directo
  • 461032 Operaciones de intermediación de carne excepto consignatario directo
  • 463121 Venta al por mayor de carnes rojas y derivados
  • 461033 Matarifes

Los comisionistas, consignatarios, acopiadores y demás intermediarios que actúen en nombre propio y por cuenta ajena.

Por lo tanto, a los fines de actuar dentro de universo de los agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos, la norma establece que se debe considerar los ingresos obtenidos en el año anterior: Se modifica año a año la obligación de considerar el nivel operado para verificar si resulta comprendido dentro de la obligación fiscal.

La obligación de inscripción: hasta el último día hábil del mes de enero del año calendario inmediato siguiente a aquel en que se hayan verificado las situaciones contempladas en la norma, debiendo actuar como tales a partir del primer día del mes de marzo del mismo año. Hay plazo para inscribirse como agentes de recaudación: hasta el 31/1 de cada año.

Quienes dejen de reunir las condiciones para actuar como agentes de recaudación, a partir de la fecha de vigencia, deberán dar cumplimiento a los plazos y procedimientos previstos en el artículo 331 de la DN B 1/2004.

Hasta tanto se efectivice el cese de conformidad a lo establecido, mantendrán en su totalidad las obligaciones, debiendo proceder a la retención y/o percepción y el depósito de todo importe recaudado.

Definición de ingresos brutos

Se indica que a los efectos de determinar el monto de los ingresos brutos operativos se debe computar los ingresos provenientes de todas las jurisdicciones, pudiéndose efectuar la detracción de aquellos importes en concepto de débito fiscal del I.V.A., Impuestos Internos (en ambos casos cuando se trate de contribuyente de derecho) y los que hayan sido percibidos en razón de actuarse en el carácter de agente de percepción o retención.

Requisito de territorialidad

La obligación de inscripción como agente de recaudación del impuesto sobre ingresos brutos es cumplir con el requisito de territorialidad, el cual se manifiesta cualquiera sea su domicilio principal, real o legal, quienes posean en PBA sucursales, agencias, representaciones, oficinas, locales y todo otro tipo de establecimiento, explotación, edificio, obra, depósito o similar y quienes se valgan para el ejercicio de su actividad en territorio provincial de los servicios de comisionistas, corredores, consignatarios o martilleros. Por lo tanto, se debe cumplir con la condición de territorialidad, para resultar agente de recaudación.

Actuarán como agentes de recaudación respecto de ingresos brutos en la medida en que los ingresos fueren atribuibles a PBA.

Por último, para definir los aspectos principales que se deben tener en cuenta para la aplicación de los regímenes generales de recaudación, hay que tener presente la opinión del fisco provincial donde la Dirección Provincial de Rentas ha dejado determinado los aspectos necesarios para su correcta aplicación- Informe (DIR. TÉC. TRIB. DPR BS. AS.) 53/96 y 20/10.

Comercio exterior: BID Invest amplía acuerdo con Banco Comafi para financiar a pymes argentinas

Fuente: Ámbito – El acuerdo permitirá a los clientes de Banco Comafi financiar operaciones de comercio exterior por hasta un año de plazo, mientras que la línea de leasing tendrá un plazo de hasta tres años.

BID Invest renovó su compromiso con Banco Comafi con un préstamo de u$s10 millones para apoyar a las pequeñas y medianas empresas de Argentina, en operaciones de comercio exterior a través de arrendamiento financiero.

“Esta nueva alianza estratégica con BID Invest representa un hito para Banco Comafi. No sólo afianza el vínculo entre ambas entidades, sino que fortalece el compromiso conjunto para apoyar el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas, las cuales constituyen un soporte importante de la economía argentina”, sostuvo Iván Soñez, CFO de Banco Comafi.

Cabe destacar que esta operación se trata de una ampliación de los recursos del financiamiento de u$s20 millones que BID Invest otorgó en 2021 a Banco Comafi para impulsar la reconversión tecnológica de las pequeñas y medianas empresas en el país.

“Nos complace ampliar nuestro apoyo a Banco Comafi, el cual busca mejorar el acceso al financiamiento de las pequeñas y medianas empresas”, comentó Marisela Alvarenga, Jefa de Instituciones Financieras en BID Invest. Agregó que el acuerdo “renueva el compromiso de BID Invest con el sistema financiero argentino con el que trabajamos muy de cerca a través del Protocolo de Finanzas Sostenibles para lograr el desarrollo económico y sostenible del país”.

Financiamiento de operaciones de comercio exterior

El acuerdo permitirá a los clientes de Banco Comafi financiar operaciones de comercio exterior por hasta un año de plazo, mientras que la línea de leasing tendrá un plazo de hasta tres años. Ambos programas tendrán un período de disponibilidad de tres años en total, renovable por tres años adicionales.

Se espera que el proyecto contribuya con los siguientes Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, Trabajo decente y crecimiento económico (ODS8) y Alianzas para lograr los objetivos (ODS17).